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Declaración Anual FONASA

A partir del día 14 de febrero del presente año hasta el 30 de abril, se puede realizar la declaración anual de FONASA.

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración de FONASA?

Están obligados a presentar la Declaración de FONASA los titulares de Servicios Personales, con actividad fuera de la relación de dependencia. Están comprendidos en tal obligación los titulares de Servicios Personales No Profesionales, Profesionales y Escribanos.

¿A quiénes les corresponde Devolución de FONASA?

Les corresponde devolución por concepto del FONASA a todas aquellas personas que superaron el tope máximo, este último varía según la situación familiar o personal de cada beneficiario.

El tope máximo surge de la suma del Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual incrementado en un 25%, correspondiente al beneficiario y a quienes atribuye amparo (menores o mayores con discapacidad y conyugue o concubino), considerándose exclusivamente los meses del ejercicio en los cuales fue beneficiario.

En archivo adjunto, se encuentra planilla de Calculo Tope Anual FONASA.

Calculo Tope FONASA, (s. f). En BPS. Recuperado el 13 de Febrero de 2016 de http:// http://www.bps.gub.uy/8965/calculo-tope-anual.html

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